ABOGADO INQUILINATO QUITO

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO

Cuando usted suscribe un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ya sea en calidad de ARRENDADOR o ARRENDATARIO, debe tener en cuenta lo siguiente:

a)   El plazo mínimo para predios urbanos es de dos años

b)   El contrato cuyo canon de arriendo sea igual o superior a un salario básico debe ser inscrito ante Notario Público

c)   El monto mensual de arriendo no puede superar el 0.83% del avalúo predial

d)   Los derechos de los inquilinos son irrenunciables

e)   La cláusula de controversias puede derivar a negociación privada, mediación, arbitraje y juicio.

Estos son cinco de los quince ítems que es necesario conocer al momento de elaborar y/o suscribir un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

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