ABOGADO INQUILINATO QUITO
Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO
Cuando usted suscribe un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ya sea en calidad de ARRENDADOR o ARRENDATARIO, debe tener en cuenta lo siguiente:
a) El plazo mínimo para predios urbanos es de dos años
b) El contrato cuyo canon de arriendo sea igual o superior a un salario básico debe ser inscrito ante Notario Público
c) El monto mensual de arriendo no puede superar el 0.83% del avalúo predial
d) Los derechos de los inquilinos son irrenunciables
e) La cláusula de controversias puede derivar a negociación privada, mediación, arbitraje y juicio.
Estos son cinco de los quince ítems que es necesario conocer al momento de elaborar y/o suscribir un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO